El Fondo Español de Garantía Agraria publica la primera resolución de las ayudas extraordinarias para compensar el incremento del coste de los fertilizantes

Escrito el 08/09/2026
Gabinete de prensa


La medida contempla ayudas de hasta 92,50 euros por hectárea de regadío y 38,33 euros por hectárea de secano, con un límite de 300 hectáreas por beneficiario


El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado la primera resolución de concesión de las ayudas extraordinarias y temporales dirigidas a titulares de explotaciones agrarias para compensar el incremento de los costes provocado por la subida del precio de los fertilizantes como consecuencia de la situación generada por el conflicto de Oriente Medio.

La resolución, firmada el 3 de septiembre de 2026, recoge una primera relación de titulares de explotaciones que han aceptado expresamente la ayuda y cumplen las condiciones establecidas, por un importe total de 494.572.001,72 euros.

Estas ayudas se enmarcan en el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, aprobado mediante el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, y tienen como objetivo contribuir a paliar el impacto económico que el incremento del precio de los fertilizantes está teniendo sobre las explotaciones agrícolas.

Hasta 92,50 euros por hectárea de regadío


La cuantía de la ayuda se determina en función de la superficie elegible de cada explotación, diferenciando entre secano y regadío. Los importes unitarios máximos establecidos son de 38,33 euros por hectárea de secano y 92,50 euros por hectárea de regadío.

La ayuda no se concede cuando el importe resultante sea inferior a 100 euros y se establece un máximo de 300 hectáreas por beneficiario, priorizándose la superficie de regadío. La superficie considerada será la declarada en la solicitud única de la campaña 2025 o, en el caso de explotaciones que no sean perceptoras de ayudas directas de la PAC, la que figure en los correspondientes registros autonómicos de explotaciones agrarias.

La financiación de estas ayudas cuenta con un crédito total de 665 millones de euros, resultado de los 500 millones de euros de crédito extraordinario inicialmente previstos y un suplemento de crédito de 165 millones de euros aprobado posteriormente.


Condiciones para los beneficiarios


La aceptación de la ayuda lleva aparejada una declaración responsable por parte de los beneficiarios de que han comprado o van a comprar fertilizantes con posterioridad al 1 de marzo de 2026 para su aplicación en las explotaciones agrícolas con fines de fertilización. Asimismo, deberán conservar las facturas correspondientes durante un periodo de diez años desde la fecha de concesión y ponerlas a disposición de la Administración cuando sean requeridas.

La resolución señala igualmente que aquellos titulares que comunicaron errores materiales de identificación o cuya información requiere comprobaciones adicionales serán objeto de estudio y, en su caso, podrán incorporarse a una próxima relación de concesión.

La medida contempla, por tanto, diferentes resoluciones de concesión, de manera que la publicación de esta primera relación no supone el cierre del procedimiento para aquellos expedientes que todavía se encuentran en fase de comprobación.

La resolución establece que la ayuda se concede para el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2026, dentro del marco temporal de ayudas de Estado establecido por la Comisión Europea.