La presente orden tiene por objeto convocar las pruebas para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, conforme a los planes de estudio a extinguir, para el curso 2024/2025 en la Comunidad Autónoma de Andalucía derivadas de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Requisitos para acceder a las pruebas para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior.
1. Para acceder a las pruebas para la obtención del título de Técnico, de cualquiera de los ciclos formativos de Formación Profesional, se requerirá tener 18 años y cumplir con alguna de las condiciones que se establecen en el artículo 3 de la Orden de 8 de octubre de 2010, por la que se regulan las pruebas para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo.
2. Para acceder a las pruebas para la obtención del título de Técnico Superior, de cualquiera de los ciclos formativos de Formación Profesional, se requerirá tener 20 años o, en su caso, diecinueve para aquellos que estén en posesión del título de Técnico y cumplir con alguna de las condiciones que se establecen en el artículo 4 de la Orden de 8 de octubre de 2010.
Plazo y presentación de solicitudes.
1. La solicitud de admisión-matriculación se cumplimentará preferentemente de forma telemática en la Secretaría Virtual, utilizando el modelo normalizado que figura en el Anexo IV, de la Orden de 8 de octubre de 2010.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (del 1 al 14 de abril de 2025).