Convocatoria de Becas - Publicadas las becas Adriano y Andalucía Segunda Oportunidad

Escrito el 27/01/2025
Gabinete de prensa


El Ayuntamiento de Lebrija informa que se han publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía sendas resoluciones sobre las siguientes Becas:

  • Beca Andalucía Segunda Oportunidad
  • Beca Adriano

Presentación de solicitudes, plazo y documentación

Ambas solicitudes de ayudas se cumplimentarán, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/

El plazo para la presentación de las solicitudes será del 28 de enero al 27 de febrero de 2025.

Sobre la Beca Adriano para el curso 2024/2025

Por Resolución de 21 de enero de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, se efectúa la convocatoria pública de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, para el curso escolar 2024/2025.

Se realiza la convocatoria de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse en la modalidad presencial alguna de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el curso escolar 2024/2025:

a) Enseñanzas de Bachillerato.

b) Enseñanzas de segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y de las Enseñanzas Deportivas.

c) Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas.

d) Enseñanzas Artísticas Superiores.

Requisitos y condiciones:

a) Reunir los requisitos y condiciones para ser persona beneficiaria de la beca de cuantía fija ligada a la renta de la normativa de becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio competente en materia de educación.

b) Alcanzar una nota media igual o superior a 5 puntos e inferior a la nota mínima que se establezca en la normativa del Ministerio competente en materia de educación, cuando esta se fije por encima de 5 puntos, en el curso o prueba de acceso a las enseñanzas para las que solicita la beca.

Sobre la  Beca Andalucía Segunda Oportunidad para el curso 2024/2025

Por Resolución de 21 de enero de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, se efectúa la convocatoria pública de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad, dirigida a facilitar la reincorporación de las personas jóvenes al Sistema Educativo para obtener una titulación de Educación Secundaria, para el curso escolar 2024/2025.

 

Se realiza la convocatoria de 88 becas de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad para el alumnado que se matricule en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional o de Artes Plásticas y Diseño, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el curso escolar 2024/2025.

 

Requisitos de las personas beneficiarias

a) Participar en la convocatoria de becas de carácter general para enseñanzas no universitarias.

b) Pertenecer a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Tener entre 18 y 24 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria, o hasta 25 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria en el supuesto de renovación de la beca.

d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.

e) No haber estado matriculada en alguna de las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, durante el curso escolar anterior a aquel para el que se realiza la convocatoria, salvo en el supuesto de renovación de la beca.

f) Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial o de Artes Plásticas y Diseño.

g) Figurar inscrita como desempleada demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.

h) No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo.

i) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM) anual, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, correspondiente al año en que se realice la convocatoria.

Para mayor información, las personas interesadas podrán dirigirse a la Delegación de Formación del Ayuntamiento.